La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió este martes 10 de febrero de 2026 rechazar el recurso presentado por Héctor Eduardo "Chabay" Ruiz, cerrando definitivamente el caso que el exintendente de La Banda mantenía contra la Honorable Cámara de Diputados de Santiago del Estero. Así lo establece la resolución recaída en los autos CSJ 1441/2024/RH1 "Ruiz, Héctor Eduardo c/ Honorable Cámara de Diputados s/ amparo" .
El máximo tribunal determinó que "el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)" . En consecuencia, sentenció: "Se desestima la presentación directa. Declárase perdido el depósito. Notifíquese y, oportunamente, archívese. Buenos Aires, 10 de febrero de 2026" .
El extenso derrotero judicial y político de Ruiz
Héctor "Chabay" Ruiz, exintendente de La Banda durante más de dos décadas, fue condenado en 2015 por el delito de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una mujer que concurrió a su despacho municipal en busca de trabajo . El hecho ocurrió en 2013 y Ruiz confesó su autoría en un juicio abreviado, lo que le valió una pena de tres años de prisión en suspenso e inhabilitación especial por igual término para ejercer cargos públicos .
El dirigente, que supo integrar las filas del radicalismo, Frepaso, PJ, Frente Renovador y finalmente Despierta Santiago (PRO-UCR), fue expulsado del Concejo Deliberante de La Banda en 2016 por "inhabilidad moral" .
En 2021, Ruiz obtuvo una banca como diputado provincial por el Frente Patriótico Laborista, pero la Legislatura santiagueña le impidió asumir aplicando el mismo criterio de "inhabilidad moral" , tras una intensa campaña de organizaciones feministas y de derechos humanos . En aquella oportunidad, asumió en su lugar el primer suplente, Gabriel Santillán .
El litigio que llegó a la Corte
Frente a esa decisión, Ruiz inició un juicio de amparo contra la Cámara de Diputados provincial, reclamando la nulidad del acto legislativo que le impidió asumir su banca. El expediente recorrió distintas instancias judiciales hasta que, en 2024, llegó a la Corte Suprema para que el máximo tribunal se expidiera sobre si la Legislatura había actuado dentro de sus facultades constitucionales .
El fallo del 10 de febrero de 2026 confirma la validez de la decisión legislativa y sella cualquier pretensión futura de Ruiz sobre aquella banca. Al declarar inadmisible el recurso por aplicación del artículo 280 del CPCCN, la Corte desestimó el planteo sin ingresar en el fondo de la cuestión, lo que implica que la decisión de la Legislatura santiagueña queda firme y consentida.

Antecedentes de inhabilidad moral y tratados internacionales
El caso de Ruiz había generado un amplio debate constitucional y de derechos humanos. Especialistas como Daniel Sabsay y Andrés Gil Domínguez sostuvieron públicamente que "ninguna persona condenada por delitos sexuales supera el estándar mínimo de idoneidad moral para integrar un cuerpo legislativo" .
Organizaciones feministas y el entonces Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación habían expresado su rechazo a la posible asunción de Ruiz, señalando que permitirle ocupar una banca "atenta contra la calidad de la democracia y de las instituciones" y "revictimiza a las mujeres violentadas" .
Argentina tiene incorporados con jerarquía constitucional instrumentos como la Convención de Belém do Pará y la CEDAW, que obligan al Estado a prevenir la presencia de personas condenadas por violencia sexual en puestos de poder .
Un punto final con implicancias institucionales
El fallo de la Corte Suprema no implica una inhabilitación política general para Ruiz, quien conserva sus derechos políticos formales. Sin embargo, cierra de manera definitiva el conflicto específico referido a la banca que pretendía ocupar en el período 2021-2025 y sienta un precedente de alto valor institucional respecto de la facultad de los cuerpos legislativos para evaluar la idoneidad moral de sus integrantes a la luz de condenas penales firmes por delitos de extrema gravedad.
El pronunciamiento del máximo tribunal, además, deja firme la decisión adoptada en su momento por la Legislatura de Santiago del Estero, que se convierte así en un hito en la aplicación del principio de "inhabilidad moral" en el derecho parlamentario argentino.