Por Dante F. Luna y Xavier M. Ferrera Peña
En Santiago del Estero, las elecciones municipales no son "de segundo orden": son la urna que decide el metro cuadrado de la vida cotidiana. Alumbrado, residuos, calles, agua, seguridad vial, tasas, habilitaciones, control de la obra pública, empleo municipal, asistencia social: la democracia se toca con la mano cuando el intendente gobierna bien… y también cuando gobierna mal.
Y por eso 2026 es un año clave: en buena parte de los municipios, el ciclo de cuatro años se cumple y vuelve la discusión que más incomoda a cualquier poder local: la alternancia.
La Constitución provincial es clara con el límite: El intendente dura cuatro años y puede ser reelecto por un solo período consecutivo; si ya fue reelecto, no puede volver a ser elegido sin intervalo de un período (o sea, debe dejar pasar un mandato).
Además, el Código Electoral provincial fija que la convocatoria municipal la hace el propio Departamento Ejecutivo Municipal, dentro de las reglas del cronograma y la comunicación al tribunal.
Ese marco legal pone en el centro una pregunta simple, pero explosiva en términos políticos: ¿quiénes pueden volver a presentarse en 2026 y quiénes no?
El corazón del asunto: reelección, límite e "intervalo"
La regla constitucional busca un equilibrio: Premiar la gestión (permitiendo una reelección inmediata), pero evitar la perpetuidad (obligando a un intervalo si ya hubo reelección).
En la práctica, 2026 va a ser una prueba de madurez democrática:
Para el oficialismo municipal, porque deberá demostrar que no confunde gestión con propiedad del cargo.
Para la oposición, porque necesitará ofrecer algo más que bronca: equipos, programa y control.
Para el vecino, porque el voto municipal es el que más rápido "pasa factura" o "premia".
Hay que considerar que ya votaron intendente en 2025 Beltrán, Atamisqui y Clodomira.
Quiénes pueden aspirar a la reelección en 2026
A) Pueden intentar reelección inmediata (no fueron reelectos en el período actual)
Estos intendentes llegan a 2026 sin haber sido reelectos en el ciclo vigente, por lo que —en principio— podrían buscar un segundo mandato inmediato (la "reelección por un período consecutivo").
Las Termas de Río Hondo: Paula Canepa (asumió el 10 de diciembre pasado por reemplazo, electa por el Deliberante).
Fernández: Gladis Yanina Iturre (asumió en diciembre electa por el Deliberante por Victor Araujo, que cumplía su segundo mandato y renunció para ejercer la Jefatura de Gabinete)
Quimilí: Diego Ponti.
Monte Quemado: Felipe Cisneros.
Bandera: Jairo Colaneri.
Colonia Dora: William "Willy" Chein.
Los Telares: Nora Roldán de Araujo.
Pampa de los Guanacos: María Ferreyra.
San Pedro de Guasayán: Oscar Juárez.
Sumampa: Fernando Bernasconi.
Suncho Corral: Francisco "Pancho" Vittar.
Villa Ojo de Agua: Mónica Bustamante.
(En estos casos, la discusión política no suele ser "si puede", sino "si le da": gestión, clima social y armado).
B) Excepciones: Fueron reelectos, pero no por mandatos consecutivos → pueden aspirar a un mandato más
Acá está el punto fino (y muchas veces poco explicado): Si la reelección no fue consecutiva, la prohibición de "reelección inmediata" no corre de la misma manera, porque hubo intervalo. Eso los deja habilitados para competir por un mandato más:
Frías: Néstor Humberto Salim - reelecto, pero no por quinto período consecutivo.
Añatuya: Julio Ernesto Castro - reelecto, no consecutivo.
Loreto: Ramón Rosa González - reelecto, no consecutivo.
Campo Gallo: Amado Tomás Chamorro - reelecto, no consecutivo.
Nueva Esperanza: Arnaldo "Beto" Cazazola - reelecto, no consecutivo.
Tintina: Mario Cantoni - reelecto por tercer período, no consecutivo.
Políticamente, estos municipios suelen dar las campañas más intensas: El oficialismo local se presenta como "experiencia", la oposición como "ciclo cumplido", y el votante evalúa si el intervalo fue "renovación real" o "mismo poder con pausa".

Quiénes no podrían aspirar a reelección inmediata en 2026 (si su reelección actual fue consecutiva)
Acá entra la parte más delicada: cuando un intendente está en segundo mandato consecutivo, la Constitución le exige intervalo de un período antes de volver a presentarse.
Con los datos que venimos manejando, son:
Santiago del Estero (Capital): Norma Fuentes — Reelecta por segundo periodo consecutivo.
Selva (Rivadavia) Enrique Bertolino –Reelecto por segundo período consecutivo.
Pinto (Aguirre) Jorge Leguizamón - Reelecto por segundo período consecutivo.
Y hay casos donde la elegibilidad suele abrir debate por recorridos "mixtos" (ej., reemplazos, viceintendencias, asunciones a mitad de período). Por ejemplo:
La Banda: Roger E. Nediani —Ejerció el cargo de viceintendente de la ciudad de La Banda en el periodo 2018-2022, en ese momento acompañando en la fórmula a intendente y vice respectivamente al exintendente Pablo Mirolo. Luego, Nediani es elegido como intendente de La Banda en agosto del año 2022, para el periodo 2022-2026, asumiendo dicho cargo hasta la actualidad; por lo tanto, Nediani ejerció un periodo como viceintendente y otro como intendente.
La Carta Orgánica Municipal en el Título II, Capítulo I, legisla sobre las figuras del intendente y viceintendente, igualándolos en cuanto a la forma en que son elegidos, de manera conjunta; tienen igual duración de periodos, tienen las mismas exigencias, derechos, impedimentos e incompatibilidades en general.
Por lo tanto, si el artículo 158 de la Carta Orgánica Municipal establece que para el mandato y reelección del intendente municipal tendrá un mandato regular de cuatro (4) años y podrá ser reelegido por un solo periodo consecutivo, y siendo reelecto no podrá serlo nuevamente sino con intervalo de un mandato.
Se entiende que la misma limitación e impedimento le cabe también al viceintendente.
"Pensar lo contrario sería burlar la inteligencia e intención del legislador comunal", aseguran desde sectores opositores a la gestión de Nediani, anticipando duras impugnaciones a una posible candidatura, ya que fue el primer intendente en la provincia en anunciar prematuramente su aspiración a una reelección semanas pasadas mientras se rumoreaban en pasillos un pacto electoral con Chabay Ruiz.
Por qué importa: democracia de proximidad y control del poder
Las municipales son el lugar donde la democracia tiene menos excusas: Si la calle está rota, se ve; si el municipio no rinde cuentas, se siente; si el empleo público se usa como moneda política, explota en silencio.
Por eso 2026 puede ser:
Un plebiscito de gestión (quién resolvió y quién administró relato).
Un test de alternancia (quién acepta límites y quién busca atajos).
Una oportunidad de control ciudadano: Exigir presupuesto abierto, licitaciones claras, obra pública verificable y padrones de empleo transparentes.
Al final, la pregunta no es solo "quién puede reelegir". Es otra, más profunda: ¿Qué municipios están eligiendo gobiernos y cuáles están eligiendo permanencias? Y esa diferencia —para el santiagueño— se mide en servicios, en plata y en dignidad.