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La Justicia española ordenó indemnizar a un empleado despedido por tomar cerveza en horario laboral

14/02/2026

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia falló a favor de un empleado despedido por beber alcohol durante la jornada laboral. Los magistrados consideraron desproporcionada la sanción y determinaron que la empresa deberá readmitirlo o pagarle una indemnización millonaria.

El empleado fue despedido por beber durante la jornada, pero la Justicia le dio la razón.

Un tribunal español ordenó a una empresa indemnizar con 47 mil euros a un trabajador que fue despedido por consumir más de tres litros de cerveza durante su jornada laboral. El fallo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia consideró que la sanción aplicada por la compañía fue excesiva y declaró el despido como improcedente.

El caso tuvo como protagonista a un operario de una firma de instalaciones eléctricas. Ante las sospechas sobre su conducta, la empresa contrató los servicios de un detective privado para que siguiera al empleado durante sus descansos y horario de almuerzo. Tras varios días de vigilancia, el investigador presentó un informe detallando que el trabajador ingería cerveza en bares y estacionamientos. En una de las jornadas registradas, el consumo superó los tres litros, compartidos con otras personas durante la pausa del mediodía.

Con esos elementos, la compañía decidió rescindir el contrato argumentando una falta grave. La decisión se basó en que el empleado manejaba vehículos de la empresa y que el consumo de alcohol podría poner en riesgo su salud y la de terceros.

Los argumentos del fallo

El Tribunal Superior de Murcia analizó el caso y determinó que el despido no cumplía con los requisitos legales para ser considerado procedente. Los jueces enumeraron varias razones que inclinaron la balanza a favor del demandante:

Sanción desproporcionada

El tribunal reconoció que existió una falta por parte del operario, pero consideró que la empresa podía haber aplicado medidas correctivas menos severas antes de llegar al despido. El seguimiento del detective, según los magistrados, no aportó evidencia suficiente de una conducta grave continuada que justificara la sanción extrema.

Por esta razón, el fallo declaró la medida como desproporcionada y ofreció a la compañía dos alternativas: readmitir al trabajador en su puesto o indemnizarlo con 47 mil euros, dejando en manos de la firma la decisión final.

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