El juez federal Ariel Lijo dispuso una serie de medidas de prueba orientadas a transparentar el financiamiento del viaje que el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, realizó a Punta del Este. La resolución alcanza principalmente a la firma IMHOUSE S.A., propiedad del productor Marcelo Grandío, bajo la sospecha de una posible incompatibilidad de intereses, dado que la empresa mantendría vínculos contractuales vigentes con la Televisión Pública, área que orbita bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete.
El magistrado busca reconstruir el circuito financiero de una operatoria que, según la documentación del expediente, incluyó un vuelo de ida valuado en US$ 4.830 y un paquete de regreso que superaría los US$ 42.000. El levantamiento del secreto permitirá al juzgado acceder a los movimientos bancarios y la capacidad prestacional de las firmas involucradas, así como a la situación patrimonial de un piloto corporativo que figura como el comprador formal de los vuelos privados.
Requerimientos a la Casa Rosada
En paralelo a la trazabilidad del dinero, Lijo cursó un oficio a la Secretaría General de la Presidencia, a cargo de Karina Milei, para determinar la naturaleza del viaje. El requerimiento exige precisar si el traslado tuvo carácter oficial, si existieron expedientes de comisión de servicio, asignación de viáticos o cualquier tipo de respaldo administrativo que justifique el uso de recursos o autorizaciones institucionales para la estadía en el país vecino.
El foco en los contratos públicos
La investigación judicial pone la lupa sobre la relación entre el funcionario y los proveedores del Estado. La Justicia intenta determinar si el pago de los vuelos por parte de una productora con intereses en los medios públicos constituye una dádiva o un beneficio indebido. Por ello, se solicitaron informes detallados sobre la solvencia de las empresas sospechosas para establecer si efectivamente contaban con los fondos declarados para costear traslados de tal magnitud.
Con estas medidas, el Juzgado Federal busca despejar si existió un desvío de fondos o un conflicto de intereses que vulnere la Ley de Ética Pública. La recolección de pruebas bancarias y fiscales será determinante para establecer si el financiamiento provino de recursos privados genuinos o si se ocultó una contraprestación vinculada a la gestión de pauta o contenidos en los medios administrados por el Estado nacional.