Por Xavier Maria Ferrera Peña
En la República Argentina, la discusión por “Ficha Limpia” no es un capricho moralista ni un eslogan de campaña. Es, en esencia, una pregunta incómoda —pero necesaria— sobre qué tipo de personas puede (y debe) habilitar el sistema para administrar recursos públicos, dictar ordenanzas, firmar contratos, decidir nombramientos y representar a la ciudadanía.
Y en Santiago del Estero esa pregunta no es teórica: tiene nombres, antecedentes y costos concretos.
Qué se intentó hacer a nivel nacional
El proyecto de “Ficha Limpia” impulsado por el Poder Ejecutivo nacional buscó incorporar un nuevo supuesto de inelegibilidad para impedir candidaturas de personas con condenas por corrupción confirmadas en segunda instancia (el “doble conforme”), con la idea de compatibilizar el estándar ético con garantías del proceso penal.
La iniciativa tuvo media sanción en Diputados, pero fue rechazada en el Senado el 8 de mayo de 2025 por un voto, en una votación extremadamente ajustada (36 a favor, 35 en contra; se necesitaban 37).
El dato político es conocido. El dato institucional, no tanto: Aunque ese proyecto cayó, la demanda social por reglas de idoneidad más estrictas no desapareció. De hecho, el debate siguió vivo en provincias, municipios y en nuevos proyectos parlamentarios.
La base de fondo: idoneidad, probidad y una democracia que no se “autolesiona”
El argumento más fuerte a favor de Ficha Limpia es simple: La corrupción no es un “delito común” cuando la comete un funcionario. Es un daño al corazón del sistema republicano, porque involucra recursos públicos, decisiones con poder estatal y una relación de confianza con el votante.
Por eso el mensaje oficial que acompañó el proyecto nacional lo justificó anclándolo en el principio constitucional de idoneidad y en la idea de que ciertos delitos dolosos contra el Estado lesionan el sistema democrático.
No se trata de exigir santidad, sino de fijar un piso. Y ese piso tiene que ver con algo básico: si alguien ya fue condenado por usar el Estado para beneficio propio —o por delitos graves—, ¿tiene sentido que el sistema lo premie con la lapicera pública?
La crítica más seria: presunción de inocencia
Hay objeciones atendibles. La principal: “Ficha Limpia puede transformarse en herramienta de proscripción si la justicia se usa políticamente”. Ese riesgo existe en cualquier país donde los tribunales estén bajo presión.
Por eso, los modelos más difundidos en Argentina intentan equilibrar: no hablan de “denunciados” ni de “investigados”, sino de condenas confirmadas en segunda instancia (doble conforme).
Ese punto no es menor. Porque si el estándar fuera “con solo estar imputado ya no podés competir”, entonces sí: la puerta a la manipulación sería demasiado grande. En cambio, exigir doble instancia intenta acercar el requisito a un umbral de certeza mayor, sin esperar necesariamente la “firmeza” final (que puede demorar años).
El mapa federal: cuando la política local se adelanta a la Nación
Mientras el Congreso discutía, varias provincias avanzaron con normativas propias. Entre ellas, Córdoba sancionó una ley provincial de “Ficha Limpia” a fines de 2024.
Y para 2025, se registraba que múltiples provincias ya contaban con legislaciones de este tipo, en algunos casos incluso más estrictas que el proyecto nacional.
Esto deja una lección práctica para el año electoral municipal: Aunque no haya una ley nacional vigente, provincias y municipios pueden —según sus marcos normativos— elevar requisitos, exigir información, transparentar antecedentes y fijar estándares partidarios internos. La política local no está condenada a esperar.
Santiago del Estero: cuando los antecedentes dejan de ser “rumores” y se vuelven hechos
La provincia ya vivió escándalos donde el poder municipal y la justicia se cruzaron de frente.
Julio Fernando Alegre (exintendente de Santiago del Estero): Condenado a 8 años de prisión e inhabilitación perpetua por jefe de asociación ilícita, defraudación calificada reiterada, peculado, negociaciones incompatibles con la función pública y cohecho pasivo. La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena (febrero 2023).
Emilio Alberto Rached (exintendente de Pinto): Condenado por el Tribunal Oral Federal de Santiago del Estero a 3 años de prisión en suspenso e inhabilitación perpetua por malversación de caudales públicos, peculado y abuso de autoridad, en una causa por uso irregular de fondos nacionales para obras.
Héctor Eduardo “Chabay” Ruiz (exintendente de La Banda): Condenado (juicio abreviado) a 3 años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer cargos públicos por abuso sexual simple.
Marcelo Alejandro Albornoz (ex comisionado municipal de Granadero Gatica): Condenado por peculado (desvío de fondos destinados a viviendas sociales) con inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos (pena en suspenso).
Leonardo Sánchez (exfuncionario de ANSES en Las Termas de Río Hondo; también referido como exedil): Condenado a 9 años de prisión efectiva por abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo en perjuicio de su hija (según gacetilla del Ministerio Público Fiscal de Santiago del Estero).
Aquí está el nervio del tema: cuando el antecedente está probado, la “sorpresa” ya no es jurídica; es política. ¿Quién lo candidatea? ¿Quién lo banca? ¿Quién lo defiende?
Complicidades políticas: ¿La idoneidad es solo individual?
Y acá la pregunta incómoda —pero es legítima— entra con fuerza: si un espacio político comparte boleta, campaña y defensa pública con alguien que arrastra condenas o sanciones institucionales, ¿qué responsabilidad le cabe a quienes lo rodean?
El frente Despierta Santiago presentó en 2025 una oferta electoral donde convivieron candidaturas y referencias compartidas entre Parnás, Rached, Pérez Carletti y Ruiz, según la presentación de listas difundida por prensa local.
Ahora bien: Jurídicamente, la inhabilidad suele ser personal (no “contagia” a socios). Pero institucionalmente, los partidos y frentes son organizaciones que deben rendir cuentas por sus decisiones. Porque no solo importa quién firma, sino también quién lo sube al ring y quién lo blinda cuando cae.
Dicho sin vueltas: si un espacio decide “normalizar” antecedentes graves, está haciendo una apuesta: Cree que el costo reputacional es menor que el beneficio político. Y eso, en una democracia, debería pagarse con el instrumento más sano que existe: El voto informado.
Cómo evitar “sorpresas” en listas municipales (aunque no haya ley nacional)
Si de verdad se quiere una elección sin trampas morales, hay medidas inmediatas y baratas:
Ficha limpia partidaria (voluntaria, pero pública): Cada lista debería publicar, antes del cierre de candidaturas, una declaración jurada simple: condenas, inhabilitaciones, causas relevantes y su estado procesal.
Compromiso de transparencia: Si aparece una condena/inhabilitación comprobable, el espacio se obliga a bajar la candidatura.
Auditoría social y periodística: Que los medios y ONG locales armen un “registro de antecedentes públicos” con fuentes documentales.
Debate en concejos: Ordenanzas de transparencia activa (no penal): publicación de antecedentes, declaraciones juradas patrimoniales, conflictos de interés.
Regla de coherencia: Si defiendes “idoneidad”, no puedes armar listas con prontuarios y después indignarte por la desconfianza ciudadana.
La democracia no se defiende con fe, se defiende con reglas
En un año de disputa municipal, el objetivo no debería ser “ganar como sea”. Debería ser evitar que el sistema se degrade al punto de naturalizar lo que después indigna a todos: la impunidad, el blindaje, la mentira con traje y boleta.
Ficha limpia —bien diseñada, con garantías— no reemplaza a la justicia ni cura la corrupción por sí sola. Pero cumple una función básica: Marcar un límite. Decirle al sistema político: hasta aquí. Y decirle al ciudadano: Tu voto no puede ser una emboscada.
Porque si una comunidad ya conoce casos concretos —como los de Alegre, Rached o Ruiz— entonces lo mínimo esperable no es sorpresa: es memoria, estándar y consecuencia. Y si hay dirigentes que eligen asociarse y defender lo indefendible, que no se sorprendan después cuando la sociedad les pregunte, en las urnas, lo que la República pregunta siempre: ¿Idoneidad para gobernar… o idoneidad para zafar?