Por Dante F. Luna
El presidente español, Pedro Sánchez, anunció que su gobierno pretende avanzar en la prohibición del acceso a las redes sociales para todos los españoles menores de 16 años.
“Hoy en día, nuestros hijos están expuestos a un espacio en el que nunca se pretendió que navegaran solos”, dijo durante su discurso en la Cumbre Mundial de Gobiernos, en Dubái, donde definió las redes sociales como un sitio de “adicción, abuso, pornografía, manipulación, violencia”.
La iniciativa tiene el mismo espíritu que la aplicada en Australia en diciembre pasado. En este país, las empresas tecnológicas fueron obligadas a eliminar las cuentas de los chicos de 16 años o menos y a impedir que adolescentes de este rango etario creen nuevos usuarios.
Lo que estos países están haciendo seguro que nos interpela a todos como padres y adultos, respecto a las responsabilidades en la crianza de nuestros hijos. Y plantea un debate que aparece en la mesa familiar o en los cafés, pero que difícilmente se traslada con seriedad a los ámbitos institucionales, salvo honrosas excepciones.
Un antecedente valioso
Al respecto, es importante mencionar que a fines de 2020 la entonces senadora nacional y presidenta provisional del Senado, Claudia Ledesma Abdala de Zamora, presentó un proyecto sobre el grooming para la modificación del Código Penal en el tratamiento de este delito con el fin de resguardar la integridad sexual de niños, niñas y adolescentes en Internet.
Según precisó entonces la autora del proyecto, Argentina se encontraba entre los diez países con más tráfico de contenido sexual infantil en el mundo y, según Grooming.arg, seis de cada diez niños y adolescentes entre 9 y 17 años hablan con desconocidos en Internet.
El proyecto de la senadora santiagueña proponía modificar los artículos 119 y 131 del Código Penal, contemplando problemáticas que se observaron en la práctica a partir de la sanción de la ley 26.904.
Su gestión se alinea con la Ley 26.904, que tipifica el delito en el Código Penal argentino con penas de 6 meses a 4 años, y la Ley 27.590 (Mica Ortega), que crea el programa nacional de concientización, fundamentales en la lucha contra el delito.
El grooming se incorporó al Código Penal mediante la Ley 26.904 en 2013, considerando delito a quien contacte a un menor con fines sexuales a través de medios tecnológicos.
El trabajo legislativo de Claudia de Zamora buscó fortalecer la respuesta estatal ante el aumento de este tipo de delitos.
Los peligros: más allá de la pantalla
La exposición temprana no solo afecta la visión o el sueño.
Expertos locales advierten sobre el grooming, que en el último año ha mostrado cifras preocupantes en el NOA. A esto se suma el ciberbullying, que traslada el conflicto escolar al hogar las 24 horas, y la nueva preocupación: la salud mental.
El diseño de redes como TikTok o Instagram fomenta una comparación social constante que dispara cuadros de ansiedad y depresión en nuestros jóvenes.
Además, durante las vacaciones, cita grooming.arg, niños, niñas y adolescentes utilizan más las plataformas digitales. Esto aumenta las posibilidades de grooming, ciberacoso y diferentes formas de vulneración de derechos.
También se encuentran otros delitos como el sexting, que es el intercambio de fotos y videos a través de medios digitales. Allí se plantea la cuestión de robo de datos personales, viralización de material íntimo, difusión sin consentimiento, entre otras cuestiones.
Las consecuencias no son “virtuales”, sino que impactan en los seres humanos de carne y hueso con efectos traumáticos y daños psíquicos.
Solamente a modo de recordar una fecha que puede servir para la toma de conciencia, cada 30 de enero se celebra el Día de la No Violencia y la Paz en Internet.
Esta fecha recuerda la importancia de entornos seguros y respetuosos, en la escuela, en la familia y también en la red.
Promover una cultura de paz y respeto en Internet permite que niñas, niños y adolescentes desarrollen habilidades y actitudes para protegerse, reconocer riesgos y exigir sus derechos.
Respeto, límites y confianza son palabras que deben formar parte de la relación a construir entre padres e hijos y trasladarlas luego al “consumo digital”.
El escudo legal en Argentina
- Ley Mica Ortega (27.590): Obliga al Estado a concientizar sobre el grooming. Es nuestra herramienta principal para que las escuelas santiagueñas formen a los chicos en prevención.
- Código Penal (Art. 131): Establece penas de prisión para quienes contacten a menores con multas sexuales mediante tecnología.
- Ley 26.061: Protege el derecho a la dignidad y la imagen. Publicar fotos de hijos sin consentimiento (sharenting) ya es motivo de debate jurídico.
El espejo del mundo: ¿Qué hacen otros países?
Para entender hacia dónde vamos, debemos mirar afuera. España acaba de dar un paso firme: el gobierno español aprobó recientemente el anteproyecto de la Ley de Protección de Menores en Entornos Digitales, que eleva la edad mínima para abrir una cuenta en redes sociales de 14 a 16 años.
Además, España obliga a las tecnológicas a implementar sistemas de verificación de edad reales, prohibiendo que los algoritmos recomienden contenidos nocivos a menores.
Este modelo español se suma al de Australia, que a principios de 2026 implementó una prohibición total de redes sociales para menores de 16 años, bajo penas millonarias para las empresas que no cumplan.
Consejos para la "mesa santiagueña"
¿Qué podemos hacer hoy desde casa?
- Diálogo antes que prohibición: Que el celular no sea un tabú. Hablemos con los chicos sobre qué ven y con quién hablan.
- Configuración de privacidad: Un perfil debe ser siempre privado.
- Línea 137: Si sospechas de un caso de acoso, el Ministerio de Justicia ofrece esta línea gratuita y nacional para denuncias y asistencia las 24 horas.
El mundo digital no tiene fronteras, pero la responsabilidad de cuidar a nuestros "changos" empieza en casa y se refuerza con leyes que entiendan que un niño en internet es, ante todo, un niño en riesgo.